martes, 31 de mayo de 2016

REFLEXIÓN DE SOBREMESA

¿Qué es el ORDEN PÚBLICO?

Al parecer es el estado en el que los ciudadanos han de mantenerse, a pesar de las continuas agresiones sociales a las que son sometidos por parte de los grupos de poder que fomentan y disfrutan el Desorden (de lo) Privado.

Es también el estado en el que los ciudadanos pretenden mantenerse, siempre y cuando el Gobierno que han AUTORIZADO utilice los cauces con arreglo al pacto civil que sella la Constitución para que esa agresión no se produzca.

¿Cuándo se altera el ORDEN PÚBLICO?

Cuando las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, en connivencia con los grupos de poder y gobierno de los que dependen, deciden intervenir para desordenar cualquier acto público en aras de mantener un orden que no existe. La reacción inmediata y lógica de quien se siente indefenso es, o bien la defensa no-agresiva (presunto atentado contra la AUTORIDAD a la que los Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado representan), o bien el ataque manifiesto (acto de terrorismo).

Cuando los ciudadanos, conscientes de sus derechos y obligaciones, deciden no retribuir al Estado con sus obligaciones, ya que el Estado no las ha traducido en los derechos correspondientes, de manera equitativa, durante un tiempo prolongado. Es decir, el Gobierno y el Estado que sustentan el ORDEN PÚBLICO, son un pacto, un acuerdo, o incluso un contrato. El poder de alterarlo, modificarlo y romperlo se ha de ejercer desde la voluntad de lucha por equilibrar la balanza entre derechos y obligaciones, concepto básico de lo público, no desde el poder que los ciudadanos otorgan a los propios poderes originados de la cesión por parte del pueblo de la gestión de sus derechos y obligaciones, bajo el dictamen más férreo, como también flexible a voluntad de quien lo gestiona, ya que resulta absurdo, pues es poner la mínima noción de libertad —o liberación, prefiero llamarlo— que aún nos queda en las mismísimas fauces del tigre.

¿Cuándo hay riesgo de alteración del ORDEN PÚBLICO?

Cuando el ORDEN PÚBLICO es reivindicado por los ciudadanos, y no por los poderes que los someten.
Por tanto, el ORDEN PÚBLICO se ha de sustentar en el pueblo a través de la sensatez, en búsqueda de esa proporción entre lo dado y lo recibido. El DESORDEN PÚBLICO es, pues,  la reacción del pueblo ante los continuos embates de los poderes con objeto de desmantelar ese ORDEN que son incapaces de mantener, puesto que sólo cuentan con el pueblo para que pase por caja cada año, y por urna cada 4 ó 5.

¿Qué es la AUTORIDAD?

La Autoridad, en el sentido social, es el poder de acción que se OTORGA a una persona o grupo de personas para que ejerzan el Gobierno y preserven el ORDEN PÚBLICO. Es una AUTORIZACIÓN que los ciudadanos reconocen, nunca una IMPOSICIÓN unilateral por parte de una minoría: eso se llama o bien DICTADURA o bien TIRANÍA.

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